Popayán, Jueves 15 de marzo de 2012

Reglamento

Consejo Directivo

Acuerdo 003 - 2001

14 de Febrero

El Consejo directivo del Colegio Mayor, en ejercicio de su competencia funcional, y

CONSIDERANDO.

Es pertinente tomar las medidas que permitan una mejor organización, para ofrecer a todos sus usuarios un servicio de calidad y garantizar el buen uso de sus recursos y la adecuada prestación de los servicios que le son propios

La Biblioteca ofrecerá todos los servicios que le son propios, de conformidad con las técnicas modernas de administración y manejo bibliotecario:

Acuerda:

ARTICULO PRIMERO: Entiéndese por usuario de la Biblioteca la persona que hace uso de los recursos existentes en ella (libros, revistas, videos folletos, diskets,)

ARTICULO SEGUNDO: Las publicaciones, los materiales de ayudas audiovisuales y demás recursos de la biblioteca, podrán ser prestados después de haber sido registrados y procesados debidamente.

ARTICULO TERCERO: Todo préstamo de material de la biblioteca es personal e intransferible.

PARAGRAFO. Para retirar en calidad de préstamo cualquier material, deben cumplirse los siguientes requisitos:

Presentar el carné vigente expedido por el Colegio Mayor del Cauca.

* Diligenciar el registro de usuarios en la sección de préstamos o ficha de usuario.
* Los docentes y administrativos presentaran el respectivo carné.
* Tener disponibilidad de cupo y no tener materiales en mora
* Los egresados y particulares, de acuerdo a convenios debidamente firmadospodrán acceder al servicio de consulta en la sala préstamo, no hay lugar a préstamo externo.

ARTICULO CUARTO: Las características del préstamo están dadas de acuerdo al tipo de material

PARAGRAFO: Los libros de colección general se prestan máximo hasta por ocho días, cada usuario puede retirar un total de tres (3) libros, en diferentes temas, la renovación del préstamo está condicionada a la no reservación previa del mismo texto por otro usuario y al cumplimiento en la devolución del material, que deberá realizarse en el día exacto de su vencimiento, de lo contrario se impondrá una multa equivalente a una hora de salario mínimo por libro y por día, más la interrupción del préstamo hasta su cancelación.

Los préstamos de reserva y monografías de grado podrán hacerse de acuerdo al horario que se establezca en la biblioteca para su uso en tiempo no hábil de ella, teniendo derecho a un máximo de tres libros, en diferentes temas. El incumplimiento en su devolución es causal de multa, equivalente a una hora de salario mínimo, por libro y por día, más la interrupción del préstamo hasta su cancelación.

Los libros de reserva serán prestados para su uso fuera de la biblioteca a partir de 6,30 a 7, 30 p.m. de lunes a viernes, para ser devueltos al día siguiente hasta las 9 a.m.

Los préstamos de ayudas audiovisuales se realizarán únicamente por el día en que se realizará la exposición, también hasta un total de 3 materiales.

El préstamo de publicaciones periódicas y folletos del último semestre será por tres días y hasta tres números por cada usuario.

El último número que se reciba de una revistase tratará como material de reserva durante los primeros quince días, contados a partir de la fecha de su recepción.

Las colecciones de referencia no podrán ser prestadas para retirarlas de la biblioteca

ARTICULO QUINTO: RENOVACION DEL PRESTAMO

Para renovar un préstamo se deben cumplir los siguientes requisitos

Debe hacerse presentación personal del material prestado

* La solicitud de la renovación debe hacerse el día del vencimiento, so pena de perder el derecho a la renovación.
* El material de reserva no se renueva.
* La renovación es posible siempre y cuando el material no haya sido solicitado o reservado por otro usuario.

ARTICULO SEXTO: DEBERES DEL USUARIO: Son deberes de los usuarios de la biblioteca del Colegio Mayor:

Observar adecuada compostura en la sala

* Dar trato correcto y cordial a los funcionarios de la biblioteca y demás usuarios.
* Dar trato adecuado a los materiales y equipos de la biblioteca.
* Guardar silencio, abstenerse de fumar, comer o beber en la biblioteca
* No ingresar a las oficinas o áreas restringidas sin previa autorización.
* No utilizar papelería, equipo, teléfonos, de uso exclusivo del personal de la biblioteca sin la aprobación de la autoridad respectiva.
* Devolver el material prestado en la fecha del vencimiento directamente al auxiliar encargado del préstamo.
* Responder por la pérdidao deterioro del material prestado
* Cancelar el valor de las multas y sanciones impuestas por incumplimiento en el horario de las devoluciones y de los importes ocasionados por el extravío o deterioro del material

ARTICULO SEPTIMO: PROCEDIMIENTO EN CASO DE EXTRAVIO DEL MATERIAL PRESTADO.

Cuando el usuario extravíe material de la biblioteca deberá informar de forma inmediata y por escrito al auxiliar o encargado de la biblioteca, a partir de la fecha del informe de pérdida cesará la imposición de multas. La cancelación del valor del material prestado, debe hacerse en forma inmediata, la cual será igual al valor comercial a la fecha, o a la reposición física del material en iguales o superiores condiciones.

ARTICULO OCTAVO: La encargada de la biblioteca expedirá al finalizar cada periodo académico un listado de morosos, el cual será remitido a cada una de las decanaturas y oficina financiera para efectos de liquidación de matrícula, constancias de estudios, certificado de terminación de estudios, otorgamiento de título de tecnologo y demás servicios y actuaciones académicas y administrativas.

ARTICULO NOVENO: Enviar copia del presente Acuerdo a la Vicerrectoría Académica, Decanaturas, Coordinaciones, Áreas de Biblioteca, Control Interno, Planeación , Bienestar y Secretaría General.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.

Expedido en Popayán, Ciudad Universitaria a los Catorce días (14) días del mes de febrero de 2001.

Julián Iragorri Cajiao Guillermo Muñoz Velásquez
El Presidente El Secretario General